Datos de captura y esfuerzo
Los datos de captura y esfuerzo se utilizan para hacer el seguimiento y los pronósticos de cierres de las pesquerías de la CCRVMA.
Los datos de captura y esfuerzo son presentados a la Secretaría por los Estados del pabellón, o por los propios barcos, mediante los formularios de datos de la CCRVMA. Los datos de captura y esfuerzo se presentan por diferentes períodos de notificación en función de la medida de conservación (MC) que regula una pesquería en concreto y del estado de las capturas de una pesquería en relación con su límite de captura.
Notificación diaria de los datos de captura y esfuerzo
La notificación diaria de datos diarios de captura y esfuerzo se hace de conformidad con la Medida de conservación 23-07 y es obligatoria para todas las pesquerías exploratorias de austromerluza.
Notificación de los datos de captura y esfuerzo por períodos de 5 días
La notificación de los datos de captura y esfuerzo por períodos de 5 días se hace de conformidad con la Medida de conservación 23-01 y es obligatoria para las pesquerías establecidas de austromerluza y de draco (excepto en la División 58.5.2), las pesquerías establecidas de kril cuando las capturas de kril sobrepasen el 10–80 % de sus respectivos límites (v. notificación mensual de los datos de captura y esfuerzo) y la pesca de investigación realizada de conformidad con la Medida de conservación 24-01.
Notificación de los datos de captura y esfuerzo por períodos de 10 días
La notificación de los datos de captura y esfuerzo por períodos de 10 días se hace de conformidad con la Medida de conservación 41-08 y la Medida de conservación 42-02 para las pesquerías establecidas de la División 58.5.2.
Notificación mensual de los datos de captura y esfuerzo
La notificación mensual de los datos de captura y esfuerzo se hace de conformidad con la Medida de conservación 23-03 y la Medida de conservación 23-06 para las pesquerías establecidas de kril de las Subáreas 48.2, 48.3 y 48.4 y las Divisiones 58.4.1 y 58.4.2 cuando la captura total sea menos del 50–80 % del nivel crítico de captura y para la de la Subárea 48.1 cuando sea menos del 10 % (CCAMLR-XXXIII, párrafos 5.5).
Datos por lance
Los datos de la captura y el esfuerzo y los datos biológicos también deben ser notificados por lance (a escala fina). Estos datos son utilizados para caracterizar las pesquerías, para estimar cuantitativamente la captura de especies objetivo, de especies de la captura secundaria, de especies de la captura incidental y de especies indicadoras de ecosistemas marinos vulnerables (EMV), para estimar parámetros biológicos y pesqueros y para realizar evaluaciones de las poblaciones de peces.
La notificación de datos de captura y esfuerzo por lance se aplica en todas las pesquerías. De conformidad con la Medida de conservación 23-04, estos datos deben ser presentados antes de finalizar el mes siguiente al mes de su recolección.
También se exige la notificación de los datos por lance (a escala fina) en casos especiales en que los datos equivalentes no son recolectados y presentados a través del Sistema de Observación Científica Internacional de la CCRVMA (SOCI). En estos casos, y de conformidad con la Medida de conservación 23-05, esos datos deben ser presentados antes de finalizar el mes siguiente al mes de su recolección.
Las Partes contratantes tienen acceso a toda la información de los avisos de pesquerías.