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Pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR)

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Medidas de conservación
Sistema de Documentación de la Captura (SDC)

En la década de los 90 del siglo pasado se estimó que la pesca INDNR de austromerluza en el Área de la Convención era más de 6 veces la notificada por los barcos de pesca legal. En aquel momento, la CCRVMA era plenamente consciente de que las poblaciones de otras especies marinas antárticas no se habían recuperado todavía de la sobrepesca de la década de los 70, e identificó la lucha contra la pesca INDNR como una necesidad crucial en su labor. Si bien se cree que los niveles de la pesca INDNR en el Área de la Convención han descendido, la Comisión sigue mostrándose preocupada por este tema, dado que este tipo de pesca puede menoscabar seriamente los objetivos de conservación de la CCRVMA.

La CCRVMA ha adoptado medidas de conservación para buscar soluciones específicas a la amenaza de la pesca INDNR, incluido el establecimiento de la Lista de barcos de pesca INDNR-PC (Medida de conservación 10-06) y la Lista de barcos de pesca INDNR-PNC (Medida de conservación 10-07), y de un sistema para promover el cumplimiento por parte de los ciudadanos de las Partes contratantes (Medida de conservación 10-08).

Informes de avistamientos de barcos INDNR

Los Miembros que detectan posibles o ya conocidos barcos de pesca INDNR en el Área de la Convención, ya sea por avistamiento directo desde sus propios barcos o a través de actividades de vigilancia marítima, deben notificar esos avistamientos a la CCRVMA. Los Estados del pabellón de los barcos avistados recibirán notificación del avistamiento, y se les alentará a que investiguen las actividades de esos barcos y a que informen a la CCRVMA de las medidas que tomen para investigar y eliminar las actividades de pesca INDNR en el Área de la Convención.

Listas de barcos de pesca de Partes contratantes y de Partes no contratantes

La CCRVMA estudia anualmente la información disponible sobre actividades de pesca INDNR, incluidos los informes de avistamiento de los Miembros, y ha establecido la Lista de barcos de pesca INDNR-PC y la Lista de barcos de pesca INDNR-PNC. Estas listas están a la disposición de los Miembros, de las Partes no contratantes, de otras organizaciones intergubernamentales, de organizaciones no-gubernamentales y del público en general, y se ponen al día regularmente a medida que se dispone de nueva información aportada por los Miembros y por Partes no contratantes.

La Comisión considera que los barcos incluidos en la Lista de barcos de pesca INDNR-PC o en la Lista de barcos de pesca INDNR-PNC realizan actividades INDNR que socavan la eficacia de las medidas de conservación de la CCRVMA y que amenazan las poblaciones de austromerluza, los hábitats marinos y las especies de la captura secundaria en el Área de la Convención.

Listas de barcos de pesca INDNR de otras organizaciones

La CCRVMA ha firmado acuerdos formales con tres organizaciones regionales de ordenación pesquera cuyas áreas de responsabilidad alcanzan el límite septentrional del Área de la Convención de la CRVMA. Estos son los enlaces a las respectivas listas de barcos de pesca INDNR:

SPRFMO: www.sprfmo.int/measures/iuu-lists/
SEAFO: www.seafo.org/Management/IUU
SIOFA: www.apsoi.org/mcs/iuu-vessels.

This page was last modified on 13 Dec 2018

Datos de contacto

Correo electrónico: ccamlr [at] ccamlr [dot] org
Teléfono: +61 3 6210 1111
Facsímil: +61 3 6224 8744
Dirección: 181 Macquarie Street, Hobart, 7000, Tasmania, Australia
Dirección postal: PO Box 213, North Hobart 7002, Tasmania, Australia

 

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